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Humanidades » Derecho » Derecho privado

Derecho privado

Un abogado en su despacho. Con licencia

¿Qué es el derecho privado?

El derecho privado es el conjunto de normas y principios encargados de regular las relaciones que existen entre ciudadanos particulares. Esta rama del derecho reglamenta las diferentes actividades económicas y sociales que se establecen entre las personas a partir de la igualdad jurídica.

El derecho privado está fundamentado en dos principios: el primero consiste en la autonomía de la voluntad, la cual establece que las interacciones entre los individuos —enfocadas en intereses propios— deben llevarse a cabo a partir de la libre voluntad, sin engaños, obligaciones o violencia, para mantener la vigencia legal.

El segundo principio es la igualdad ante la ley, cuya premisa se basa en la idea de que los individuos, al momento de realizar actos privados, están sujetos al marco jurídico y mantienen un punto de equidad ante las leyes; es decir, ningún individuo debe escaparse de los designios de la ley.

En líneas generales, el derecho privado es una disciplina constituida por el derecho mercantil y el derecho civil, cuyos orígenes se remontan a las antiguas civilizaciones de Occidente. A su vez, del derecho privado se desprenden otras disciplinas, como el derecho laboral, rural, comercial e incluso el derecho internacional.

Historia del derecho privado

El derecho privado nació en el apogeo de la antigua Roma, ideado por eruditos y políticos, quienes establecieron que Privatum quod ad singulorum utilitatem pertinet, cuya traducción sería: “el derecho privado se refiere a la utilidad de los particulares”.

Esta frase establecía la regulación de las diferentes actividades y relaciones que se efectuaban entre los individuos que deseaban obtener beneficios particulares.

En esa época, las normas del derecho privado podían ser cambiadas por los individuos a quienes estaban dirigidas. De hecho, en sus orígenes, este tipo de derecho surgía de las agrupaciones familiares con la finalidad de regular las actividades de carácter patrimonial o familiar.

  • Derecho privado romano: natural, de gentes y civil. Los romanos clasificaron el derecho privado en tres vertientes: derecho natural, derecho de gentes y derecho civil.
    • Derecho natural. Eran los derechos que provenían de las voluntades divinas en relación con la esencia del hombre, es decir, estaba guiado por las leyes naturales impuestas a todos los seres animados. Sin embargo, este pensamiento distinguía el instinto animal, pues los romanos defendían que solo el hombre tenía razón y conciencia.
    • Derecho de gentes. Hacía referencia a las reglas que se aplicaban a todos los pueblos ajenos a Roma, es decir, a los llamados “pueblos bárbaros”.
    • Derecho civil. Se enfocaba en todas las normas específicas de las localidades romanas. Por lo tanto, este derecho estaba reservado solo a los ciudadanos romanos y del cual no podía gozar ningún extranjero.
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El derecho privado estaba comprendido por todo el sistema de autodefensa y justicia privada, que por muchos años logró funcionar con independencia de las autoridades. Se trataba de una “autojusticia”, aplicada en el ámbito penal y civil, donde los magistrados solo podían participar como árbitros y nunca como representantes del imperium.

Características del derecho privado

– Regula relaciones entre particulares. Se aplica cuando intervienen individuos, empresas u organizaciones privadas sin que el Estado actúe como autoridad.

– Igualdad jurídica. Las partes están en un plano de igualdad, es decir, ninguna tiene poder superior sobre la otra.

– Autonomía de la voluntad. Las personas pueden decidir libremente sus acuerdos (contratos), siempre que no contravengan la ley.

– Normas dispositivas. Muchas de sus normas pueden modificarse por acuerdo entre las partes (salvo las de orden público).

– Regula intereses particulares. Protege intereses individuales o patrimoniales, no el interés público general.

– Se basa en el derecho civil y mercantil. Sus principales ramas son el derecho civil (familia, bienes, contratos, sucesiones) y el derecho mercantil (actos de comercio y actividad empresarial).

Ramas del derecho privado

  • Derecho comercial. Son las normas que regulan los intercambios de bienes y las transacciones comerciales.
  • Derecho laboral. Su objetivo es ordenar y controlar las relaciones que se establecen entre los empleados y los trabajadores. Es una disciplina que está en constante cambio debido a las modificaciones que sufren dichas relaciones, dependiendo de las necesidades de cada época.
  • Derecho civil. Conocido también “el derecho común”. Regula las transacciones y las relaciones jurídicas que se establecen entre los individuos. Esta rama involucra los patrimonios, los derechos y las libertades de cada persona.
  • Derecho rural. Está enfocado en el control de la producción agropecuaria, junto con ciertos elementos que constituyen la vida en los campos.
  • Derecho privado internacional. Se refiere a las regulaciones aplicadas en las transacciones de tipo comercial que se realizan entre particulares y Estados de otras naciones; también se pueden aplicar entre dos Estados que actúan como particulares.
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Fuentes del derecho privado

Cuando se habla de las fuentes del derecho privado, se hace referencia al punto de origen de las reglas jurídicas que atañen a los particulares. Por lo tanto, las fuentes son el modo en el que se crearon las leyes privadas.

  • Fuentes escritas. Conformadas por leyes redactadas en las constituciones u otros libros jurídicos importantes.
  • Fuentes no escritas. Engloban reglamentos basados en la costumbre de un pueblo o nación. Es decir, son reglas fundamentadas en las tradiciones.
  • Fuentes jurisprudenciales. Constituidas por la jurisprudencia, cuyo derecho interno puede variar dependiendo de la forma en la que cada Estado o entidad la designe. En líneas generales, estas fuentes son el conjunto de sentencias y decisiones anteriores establecidas por los tribunales o por otras autoridades gubernativas.

Diferencias entre derecho privado y derecho público

La principal diferencia entre el derecho privado y el público radica en la presencia o intervención del Estado. Es decir, que, si las actividades o relaciones atañen a la administración pública, entonces será un suceso concerniente al derecho público.

En cambio, si los involucrados en las relaciones son particulares, quienes desean abordar un asunto de carácter patrimonial o personal, entonces será un hecho que le compete al derecho privado.

  • Reglas del derecho público. Además, las reglas promulgadas por el derecho público se pueden definir como reglamentos de subordinación, puesto que el Estado es la única entidad social encargada de velar por el cumplimiento de la ley y por aquellos parámetros establecidos en la Constitución Nacional; de hecho, el Estado incluso debe regularse a sí mismo.
  • Reglamentos del derecho privado. Por otro lado, los reglamentos del derecho privado se pueden definir como normas de coordinación, puesto que sirven para establecer acuerdos y negociaciones justas entre dos particulares independientes que son iguales ante las leyes. En esta perspectiva, el derecho privado tiene como objetivo garantizar que ninguno de los particulares realice acciones inadecuadas sobre el otro.
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Ejemplos de casos de derecho privado

  • Cumplimiento de contratos. El derecho privado se encarga, por ejemplo, de vigilar que las pautas establecidas en un contrato sean cumplidas. Esto sucede con frecuencia en los contratos de alquileres de inmuebles, donde los abogados deben cerciorarse de que, tanto el inquilino como el propietario, respeten el inmueble junto con las fechas de inicio y caducidad estipuladas en el documento.
  • Matrimonios y divorcios. El derecho privado debe velar porque los matrimonios estén amparados bajo la ley y cumplan con los requisitos necesarios. Asimismo, también puede regular las pautas de un divorcio. Por ejemplo, si Ana desea separarse de Juan, primero debe atenerse a los procesos de marco legal; esto incluye la repartición de los bienes, o la custodia de los hijos en caso de haberlos, entre otros aspectos.
  • Herencia o sucesión. Un caso notable en el derecho privado es todo lo concerniente a las herencias y sucesiones, ya que son hechos que pueden traer controversias y conflictos entre familiares. En este asunto, el derecho privado se encarga de que los particulares reciban su parte de forma equitativa y según lo establecido en el testamento.
  • Cuestiones de ambientes profesionales y laborales. También gestiona las relaciones laborales y profesionales. Por ejemplo, un abogado de esta rama debe cerciorarse de que determinada empresa cumpla con los requisitos legales necesarios en cuanto a la determinación del sueldo, las horas laborales, entre otros aspectos. En caso de que no se cumplan con los requisitos necesarios, la empresa o el empleado puede optar por presentar una denuncia donde se compruebe el acto de injusticia.

Referencias

  1. Briceño, G. Derecho privado. Recuperado de euston96.com.
  2. Definición de derecho privado. Recuperado de definicion.de.
  3. Derecho público, privado y social. Recuperado de ejemplos.co.
  4. Concepto de Derecho privado. Recuperado de concepto.de.
  5. Torres, G. Tanking and giving: police power, public value and private right. Recuperado de conerll.edu.

Cita este artículo

Lifeder. (25 de febrero de 2026). Derecho privado. Recuperado de: https://www.lifeder.com/ramas-del-derecho-privado/.

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Por Gabriela González

Licenciada en Letras de la UCAB. Amante del conocimiento. Redactora de contenidos.
Última edición el 25 de febrero de 2026.

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